¿Qué hacemos con los valores atípicos (outliers)?

Figura 1. Valor atípico en el diagrama de caja y bigotes

Un valor atípico (outlier, en inglés) es una observación que numéricamente es muy distinta al resto de elementos de una muestra. Estos datos nos pueden causar problemas en la interpretación de lo que ocurre en un proceso o en una población. Por ejemplo, en el cálculo de la resistencia media a compresión simple de unas probetas de hormigón, la mayoría se encuentran entre 25 y 30 MPa. ¿Qué ocurriría si, de repente, medimos una probeta con una resistencia de 60 MPa? La mediana de los datos puede ser 27 MPa, pero la resistencia media podría llegar a 45 MPa. En este caso, la mediana refleja mejor el valor central de la muestra que la media.

La pregunta que nos podemos plantear es inmediata. ¿Qué hacemos con esos valores atípicos? La opción de ignorarlos a veces no es la mejor de las soluciones posibles si pretendemos conocer qué ha pasado con estos valores. Lo bien cierto es que distorsionan los resultados del análisis, por lo que hay que identificarlos y tratarlos de forma adecuada. A veces se excluyen si son resultado de un error, pero otras veces son datos potencialmente interesantes en la detección de anomalías.

Los valores atípicos pueden deberse a errores en la recolección de datos válidos que muestran un comportamiento diferente, pero reflejan la aleatoriedad de la variable en estudio. Es decir, valores que pueden haber aparecido como parte del proceso, aunque parezcan extraños. Si los valores atípicos son parte del proceso, deben conservarse. En cambio, si ocurren por algún tipo de error (medida, codificación…), lo adecuado es su eliminación. En la Tabla 1 se recogen algunas de las causas comunes de los valores atípicos y sus acciones posibles.

Tabla 1. Causas comunes de los valores atípicos. Fuente: Soporte de Minitab(R) 18.

Causa Acciones posibles
Error de entrada de datos Corregir el error y volver a analizar los datos.
Problema del proceso Investigar el proceso para determinar la causa del valor atípico.
Factor faltante Determinar si no se consideró un factor que afecta el proceso.
Probabilidad aleatoria Investigar el proceso y el valor atípico para determinar si este se produjo en virtud de las probabilidades; realice el análisis con y sin el valor atípico para ver su impacto en los resultados.

Los valores atípicos a veces son subjetivos y existen numerosos métodos para clasificarlos. La detección de valores atípicos se puede realizar a nivel univariante usando gráficos sencillos como histogramas o diagramas de caja y bigotes. A nivel bivariante se pueden localizar mediante análisis de diagrama de dispersión o análisis de los residuos. En el ámbito multivariante se pueden descubrir los valores atípicos mediante un análisis de la matriz de residuos.

El método más habitual por su sencillez y resultados es el test de Tukey, que toma como referencia la diferencia entre el primer cuartil (Q1) y el tercer cuartil (Q3), o rango intercuartílico. En un diagrama de caja se considera un valor atípico el que se encuentra 1,5 veces esa distancia de uno de esos cuartiles (atípico leve) o a 3 veces esa distancia (atípico extremo). Se trata de un método paramétrico que supone que la población es normal (Figura 2). No obstante, también existen métodos no paramétricos cuando la muestra no supere la prueba de normalidad correspondiente.

Figura 2. Detección paramétrica de valores atípicos, basado en la curva de distribución normal. Wikipedia

Os dejo algún vídeo donde se explica cómo detectar los valores atípicos.

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Optimización heurística aplicada al diseño automático de forjados de losa postesa

En ese trabajo se muestran las características principales de los forjados de losa postesa obtenidos tras aplicar métodos heurísticos de optimización. Estos forjados presentan ventajas frente a soluciones más convencionales a partir de ciertas luces. El proceso de diseño de estos forjados se puede plantear como un problema de optimización, que abordado con métodos heurísticos puede formularse de un modo totalmente realista. Se pueden encontrar diseños completos de forjados optimizados no solo con criterios de economía, sino también de sostenibilidad, pudiendo comparar ambos casos. Los resultados obtenidos en este trabajo muestran una clara tendencia a disponer cantos muy estrictos en los resultados óptimos. Aplicando criterios de sostenibilidad se tiende a hormigones de mayores resistencias que con criterios económicos. Finalmente se han realizado pruebas de sensibilidad a los precios, que muestran mucha independencia de los forjados óptimos frente a las variaciones de precios ensayadas.

Palabras clave: 

Optimización, forjados postesados, sostenibilidad, simulated annealing, threshold accepting, old bachelor algorithm

Referencia:

RODRÍGUEZ-CALDERITA, A.M.; ALCALÁ, J.; YEPES, V.; MARTÍ, J.V. (2013). Optimización heurística aplicada al diseño automático de forjados de losa postesa. 2º Congreso Nacional de la Enseñanza de las Matemáticas en la Ingeniería de Edificación, EIMIE, 18-19 de julio, Valencia, pp. 63-75. ISBN: 978-84-8363-992-4.

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Integración de la rehabilitación estructural de edificios en los entornos BIM

En este artículo continuamos la línea de investigación que está desarrollando nuestro grupo de investigación en relación con BIM. Se trata de un artículo que nos acaban de publicar en archiDOCT y que podéis encontrar también en este enlace.

BIM (Building Information Modeling) es una tecnología líder en la Industria de la Arquitectura, Ingeniería y Construcción (Industria AEC). La mayoría de profesionales están adoptando esta tecnología en su día a día, mejorando sus capacidades. Otra gran tendencia en la industria AEC es la rehabilitación de edificios fuera de uso o antiguos y su adaptación a las nuevas demandas. Últimamente, la renovación y rehabilitación de edificios ha producido más ingresos que la construcción de nuevos edificios en el mercado inmobiliario español. El uso de BIM para los edificios existentes combina las capacidades de gestión de datos de BIM con las tendencias económicas del sector dando a los profesionales nuevas herramientas para adaptar esos edificios. El refuerzo estructural puede ser necesario durante las rehabilitaciones por lo que se suele realizar un peritaje estructural.

En este trabajo, hemos creado una herramienta vinculada a Autodesk Revit que puede extraer los datos necesarios del modelo BIM y realizar una prueba de peritaje a una viga de hormigón. Utilizando BIM para este fin, se pueden utilizar los datos almacenados para determinar la necesidad de refuerzo estructural y ofrecer al profesional más control sobre el proyecto. El uso de esos datos acorta los plazos y evita errores y descuidos en el diseño. Como el modelo de información del edificio es una base de datos rica en información, puede proporcionar los datos necesarios para garantizar el análisis. Se realiza un estudio de caso que muestra las capacidades de la herramienta. La investigación contribuye a integrar la rehabilitación estructural en los entornos BIM reduciendo la redundancia en el software y unificando tanto el almacenamiento como el análisis de datos a través de la metodología BIM.

ABSTRACT:

Building Information Modelling (BIM) is a leading technology in the Architecture, Engineering and Construction Industry (AEC Industry) and nowadays is being adopted for most professionals and improving its capabilities. There is another big trend in the AEC Industries, the rehabilitation of unused or old buildings and its adaptation to the new demands. Lately, building renovation and rehabilitation have produced more income than the construction of new buildings in the Spanish housing market. The use of BIM for existing buildings combines the BIM data management abilities with the economic trends in the industry giving the professionals new tools to adapt those buildings. Structural reinforcement may be needed during the rehabilitations so structural expertise is usually performed. In this paper, we have created a tool linked to Autodesk Revit that can extract the necessary data from the BIM model and perform an expertise test through a concrete beam. By using BIM for this purpose, we can use the data stored in the BIM model to determine the necessity or not of structural reinforcement and give the professional more control over the project. The use of that stored data shortens the working time for the professional and avoids errors and oversights in the design. Since the building information model is a rich information database it can provide the necessary data to ensure the analysis. A case study is performed showing the capabilities of the tool. The research contributes to integrating structural rehabilitation into the BIM environments reducing the redundancy in software and unifying both, data storage and data analysis via the BIM methodology.

Keywords:

BIM; structural design; architectural risk; renovation; structural expertise; BPS tools.

Referencia:

FERNÁNDEZ-MORA, V.; YEPES, V. (2022). Structural Expertise Through BIM. ArchiDOCT, Vol.17.2, Issue 9(2).

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Las unidades de inspección según el Código Estructural

El concepto de «lote de inspección» no ha cambiado con el reciente Código Estructural. El Artículo 17.1 lo define el «como conjunto de actividades, correspondientes a un mismo proceso de ejecución, que es sometido a control para la recepción de un lote de ejecución«. Pero sí que se desarrolla con mayor detalle, con novedades que interesa conocer.

Recordemos que el plan de control de calidad del proyecto define los correspondientes lotes de control y unidades de inspección (Art. 19), describiendo para cada caso las comprobaciones a realizar y los criterios a seguir en el caso de no conformidad. La programación del autocontrol también determinará los lotes de ejecución, las unidades de inspección y las frecuencias de comprobación.

Esquema de la relación entre unidades de inspección y procesos de ejecución

Sin embargo, hay novedades importantes que debemos resaltar respecto a la derogada Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08. Vamos a comentarlas con algún detalle:

  • El Artículo 63.2 del Código Estructural es el que se ocupa de las unidades de inspección. Se vuelve a definir el concepto, pero introduce alguna contradicción que conviene resaltar. Lo primero es que el tamaño máximo de la unidad lo define la tabla 63.2, pero lo que llama la atención es que ahora se indica que «puede implicar a diferentes lotes de ejecución«.
  • Se desvanece en el Código la mención a que el tamaño máximo de la unidad de inspección debía de poder comprobarse en una visita de obra. No obstante, parece que el articulado pretende reflejar la parte de un proceso o actividad que, con carácter general, puede verificarse en una visita.
  • La inspección de estas unidades, tal y como indica el plan de obra, no solo la desarrollará la dirección facultativa, o en su caso, la entidad de control, sino que el propio constructor también tiene obligación de hacerla en función de su programación del autocontrol.
  • Lo más llamativo es el detalle en la definición de las unidades de inspección. Se definen en función del proceso de ejecución o actividad (tabla 63.2.a), o del tipo de elemento (tabla 63.2.b). La anterior EHE-08 disponía únicamente de la tabla 92.5 donde se definía el tamaño máximo de la unidad de inspección en función de los procesos y actividades de ejecución, al igual que la tabla 63.2.a, pero con menor detalle. Los comentarios de la EHE-08 nos advertían que la tabla 92.5 era orientativa, cosa que ahora no ocurre en las tablas correspondientes del Artículo 63.2 del Código Estructural.
  • Desaparece del Código la prerrogativa que tenía la dirección facultativa de duplicar los tamaños máximos de la unidad de inspección. Era el caso de obras de ingeniería de pequeña importancia, así como en obras de edificación sin especial complejidad estructural (formadas por vigas, pilares y forjados convencionales no pretensados, con luces de hasta 6,00 m y un número de niveles de forjado no superior a siete). Como se puede ver, el Código no distingue entre obras pequeñas o grandes, simples o complejas.
  • Por último, el actual Código define las frecuencias de comprobación para los lotes de ejecución y las unidades de inspección. Se ha desarrollado el Anejo 15 para las estructuras de hormigón, y el Anejo 17 para las de acero, ambos con carácter orientativo.

En este vídeo que os he grabado se explican las unidades de inspección. Espero que os sea de interés.

Os dejo a continuación la transcripción del artículo 63.2 del Código Estructural para su consulta.

63.2 Unidades de inspección.

A los efectos de este Código, se entiende por unidad de inspección el conjunto de actividades asociadas a un determinado proceso de ejecución, cuyo tamaño máximo viene definido por lo indicado en la tabla 63.2 y que puede implicar a diferentes lotes de ejecución.

Para cada lote de ejecución, el programa de control identificará cada uno de los procesos de ejecución que deben llevarse a cabo en función del tipo de elemento y sus características.

Para cada lote de ejecución y para cada uno de los procesos, el programa de control definirá las unidades de inspección sobre las que se desarrollará el control de la conformidad de la ejecución.

En función de los desarrollos de procesos y actividades previstos en el plan de obra, en cada inspección a la obra desarrollada por el constructor, por la dirección facultativa o, en su caso, por la entidad de control, podrá comprobarse un determinado número de unidades de inspección, las cuales, pueden corresponder a uno o más lotes de ejecución.

Para la definición de las posibles unidades de inspección en cada lote de ejecución, el programa de control identificará la totalidad de los procesos y actividades susceptibles de ser inspeccionadas, de acuerdo con lo previsto en este Código.

Las unidades de inspección se definirán en función del proceso de ejecución o actividad, o del tipo de elemento al que corresponden, según se indica en las tablas 63.2.a y 63.2.b.

Una vez definidos los lotes de ejecución y las unidades de inspección, se debe definir para cada unidad de inspección las frecuencias de comprobación. De forma orientativa, el Anejo 15 define las frecuencias de comprobación para las unidades de inspección de la ejecución de estructuras de hormigón.

Resulta interesante recoger los comentarios que realiza el Código de este apartado:

«La identificación de un tamaño máximo de la unidad de la inspección que hace el articulado pretende reflejar la parte de un proceso o actividad que, con carácter general, puede ser comprobable en una visita a la obra de la dirección facultativa o, en su caso, de la entidad de control.

Por otra parte, el número de posibles unidades de inspección depende en gran medida de los medios disponibles en cada obra. A título de ejemplo, en el caso del vertido del hormigón, el volumen de obra ejecutado en una jornada vendrá condicionada por los medios habilitados por el constructor, número de bombas, capacidad de la central, personal disponible, etc.

La tabla 63.2.a tiene como finalidad definir unos valores orientativos que pudieran servir como referencia inicial. No obstante,en función del tipo de obra (edificación, puentes, etc.), de las características de la misma y coherentemente con la necesidad de adaptación que establece el Artículo 19, los valores de dicha tabla podrían ser objeto de modificación en el correspondiente programa de control aprobado por la dirección facultativa.

Para cada actividad de obra se deberán definir la totalidad de los procesos de ejecución implicados y que están recogidos en las tablas 63.2a y 63.2b. Por proceso deberá estar indicado el tamaño de la  unidad de inspección que aplique en cada caso, así como la frecuencia de comprobación de las mismas. Para establecer las frecuencias se han incluido en el Anejo 15 diferentes tablas según el nivel y tipo de control establecido. Estas frecuencias deberán adaptarse a las particularidades de cada proyecto y forma de ejecución.

De forma práctica, es recomendable planificar estas operaciones de control por actividad (cimentación, muros, pilares, losas, etc.), en un «Programa de Puntos de Inspección» donde se incluyan por ejemplo:

      • Las operaciones a controlar
      • Las unidades de inspección máximas
      • Los procedimientos o normas que regulan las verificaciones de la conformidad de cada inspección, así como las especificaciones de aceptación.
      • La ubicación y la frecuencia o intensidad de las inspecciones.
      • La forma de documentar los resultados
      • La persona responsable de la inspección.
      • Los puntos de espera o parada a respetar en cada proceso.
      • Cualquier comentario u observación aclaratoria.

En la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se incluye un enlace donde se puede acceder a unas tablas editables para la elaboración de los Programas de Puntos de Inspección».

También os dejo, para su consulta, el Anejo 15, frecuencias de comprobación de las unidades de inspección en la ejecución de estructuras de hormigón. Como novedad destaca la opción simplificada dentro del nivel de control normal, para el control de los procesos de ejecución. Esta opción se puede emplear en obras de edificación sin especial complejidad estructural (formadas por vigas, pilares y forjados convencionales no pretensados, con luces de hasta 6,00 metros y un número de niveles de forjado no superior a diez). Esta opción facilita una programación del control más sencilla. En efecto, no es necesario determinar el número de unidades de inspección para cada proceso de ejecución, sino que directamente se obtienen las comprobaciones mínimas que hay que realizar en cada proceso de ejecución por tipo de elemento para la aceptación de cada lote.

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Cálculo de la consistencia y el vector propio en AHP

En varios artículos de este blog hemos descrito distintos aspectos del Proceso Analítico Jerárquico (Analytic Hierarchy Process, AHP). Se trata de una técnica de decisión Multicriterio propuesta por T.L. Saaty que combina aspectos tangibles e intangibles para obtener, en una escala de razón, las prioridades asociadas con las alternativas del problema. No obstante, AHP presenta limitaciones que debemos conocer antes de utilizar este método.

Pues bien, una de las ventajas de AHP es que permite medir la consistencia del decisor al emitir sus juicios. Este aspecto es muy relevante, puesto que si decimos que A>B y que B>C, no podemos decir que A<C. Este aspecto es de gran interés cuando consultamos a expertos en una materia para comprobar que la información que nos facilita es correcta. Si la consistencia es aceptable, se puede continuar con el proceso de decisión. Pero si no lo es, entonces el que toma las decisiones debe replantearse sus juicios sobre las comparaciones pareadas antes de continuar con el análisis.

Saaty sugiere para el método AHP convencional (en el que se utiliza el método del autovector principal para obtener las prioridades), que la inconsistencia sea capturada mediante un único valor denominado índice de consistencia (Consistency Index, CI) donde λmax es el máximo autovalor y n es la dimensión de la matriz de decisión. Un índice de consistencia igual a cero significa que la consistencia es completa. Como esta medida depende del orden de la matriz (n), Saaty propone la utilización de la Razón de Consistencia (CR) que se obtiene dividiendo CI por su valor esperado RI, calculado a partir de un gran número de matrices recíprocas positivas de orden n generadas aleatoriamente (Tabla 1). Por tanto, una vez la matriz es consistente siempre y cuando CR no supere los valores indicados en la Tabla 2. Si en una matriz se supera el CR máximo, hay que revisar las ponderaciones.

Donde RI es el índice aleatorio, que indica la consistencia de una matriz aleatoria (Tabla 1):

Tabla 1. Índice aleatorio RI

 

Tabla 2. Porcentajes máximos del ratio de consistencia CR

Una vez verificada la consistencia, se obtienen los pesos, que representan la importancia relativa de cada criterio o las prioridades de las diferentes alternativas respecto a un determinado criterio. Para ello, el AHP original utiliza el método del autovector principal por la derecha, basado en el teorema de Perron-Frobenius, donde hay que resolver la siguiente ecuación:

donde A representa la matriz de comparación, w el autovector o vector de preferencia, y λmax el autovalor.

En la práctica, el vector de los pesos w=(w1, w2,…, wn) se obtiene (método de las potencias) elevando la matriz de juicios a una potencia suficientemente grande, sumando por filas y normalizando estos valores mediante la división de la suma de cada fila por la suma total. El proceso concluye cuando la diferencia entre dos potencias consecutivas sea pequeña.

Sin embargo, este vector de los pesos de cada alternativa también se pueden calcular por el método de la media geométrica por filas (Crawford y Williams, 1985). En este caso, el peso de cada prioridad se calcula como la media geométrica por filas normalizado a la suma de las medias geométricas de todas las filas. Este método se está utilizando ampliamente en los últimos años por sus propiedades matemáticas y sociológicas. Los resultados de este método, comparados con el cálculo del autovector, son parecidos, aunque su cálculo es más sencillo.

De todas formas, os dejo un vídeo del profesor Aznar donde se explica con cierto detalle cómo calcular la consistencia y el autovector. Espero que os sea de utilidad.

Referencias:

AZNAR, J.; GUIJARRO, F. (2012). Nuevos métodos de valoración: modelos multicriterio. Editorial Universitat Politècnica de València.

CRAWFORD, G.; WILLIAMS, C. (1985). A note on the analysis of subjective judgement matrices. Journal of Mathematical Psychology, 29:387-405.

SAATY, T.L. (1980). The Analytic Hierarchy Process: Planning, Priority Setting, Resource Allocation, McGraw-Hill.

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División de las estructuras de hormigón en lotes de ejecución según el Código Estructural

Uno de los conceptos que no ha cambiado en ámbito del control de la calidad de las estructuras es lo que se entiende por lote de ejecución. En el Artículo 17.1 del Código Estructural, se define como la parte de la obra cuya ejecución se somete a aceptación en su conjunto. Sin embargo, existen diferencias entre lo expresado por el Código y lo que anteriormente estaba estipulado en la derogada Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08.

  • El cambio más evidente se encuentra en la actual tabla 63.1 que define el tamaño máximo de los lotes de ejecución. A diferencia de la anterior tabla 92.4 de la EHE-08, ha desaparecido la clasificación por tipo de obra. Tampoco aparece la división entre elementos de cimentación, elementos horizontales y otros elementos. La vigente tabla 63.1 establece el número de elementos o dimensión del lote de ejecución atendiendo exclusivamente al tipo de elemento.
  • Además, hay cambios significativos que conviene tener en cuenta. A modo de ejemplo, en el caso de elementos de cimentación de edificios, la EHE-08 establecía lotes de ejecución correspondientes a 250 m2 de superficie y 50 m en el caso de pantallas. En el Código, para el mismo caso, se mantienen los 250 m2 de superficie, pero se añade que no se deben rebasar 10 elementos. Además, los 50 m de las pantallas se encuadran dentro del tipo de elemento denominado «pilares y muros portantes de edificación». También se incluye la jornada de trabajo como criterio para determinar el tamaño del lote, cosa que no ocurría en el anterior articulado. Otro ejemplo, sin querer ser exhaustivo, es que desaparece el lote de ejecución de 200 m3 de pilas de puente. En cualquier caso, hay que cumplir con la condición más restrictiva para definir el lote de ejecución.
  • Otra de las novedades importantes es que el Código explicita que, en el caso de no encontrarse alguno de los elementos de la tabla 63.1, entonces será el pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto el que deberá definir el tamaño máximo del lote de ejecución. Volvemos a ver la importancia que otorga el Código al proyecto de ejecución.
  • Asimismo hay un matiz que estimamos de importancia. No se permite rebasar el tamaño del lote indicado en las tablas correspondientes, ni con la normativa anterior ni con la actual. Sin embargo, en los comentarios de la EHE-08 se daba una salida airosa al caso de que no se pudiera ajustar el lote exactamente a los límites establecidos. En dicho caso la nueva dimensión del lote debería estar justificada en el programa de control, que recordemos, debe estar aprobado por la dirección facultativa. Este comentario es razonable y debería tenerse en cuenta también en el nuevo Código.

He grabado un vídeo explicativo de la programación del control de ejecución en las estructuras de hormigón, donde se habla de los lotes de ejecución, pero también de las unidades de inspección. Espero que os sea de interés.

Os dejo a continuación la transcripción del artículo 63.1 del Código Estructural para su consulta.

Artículo 63.1 Lotes de ejecución.

El Programa de control aprobado por la dirección facultativa contemplará una división de la obra en lotes de ejecución, coherentes con el desarrollo previsto en el plan de obra para la ejecución de la misma y conformes con los siguientes criterios:

a) se corresponderán con partes sucesivas en el proceso de ejecución de la obra,

b) no se mezclarán elementos de tipología estructural distinta, que pertenezcan a filas diferentes en la tabla 63.1,

c) el tamaño del lote no será superior al indicado, en función del tipo de elementos, en la tabla 63.1.

Tabla 63.1 Tamaño máximo de los lotes de ejecución

En el caso de otros elementos diferentes de los indicados en la tabla 63.1, el pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto establecerá los criterios necesarios para definir el tamaño máximo del lote de ejecución.

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La relación entre el puente de Brooklyn y la independencia de Cuba

El puente de Brooklyn se inauguró el 24 de mayo de 1884. https://www.lanacion.com.ar/lifestyle/la-tragica-inauguracion-del-puente-brooklyn-panico-nid2370692/

Un día comenté en redes sociales que hablaría de la conexión que existe entre el puente de Brooklyn y la independencia de Cuba. Parecen dos hechos aislados en el espacio y casi en el tiempo, pero existe un vínculo de unión en el escritor, periodista, poeta y político José Julián Martí Pérez, conocido simplemente como José Martí (1853-1895).

Aunque nacido en La Habana, su padre fue valenciano y su madre tinerfeña. Pasó su primera infancia en Valencia y cursó su Segunda Enseñanza en La Habana. Estudió Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad de Zaragoza y empezaron sus inquietudes políticas. Por cierto, que no pudo recoger sus títulos por falta de dinero para que se los expidieran (aunque la Universidad de Zaragoza corrigió esta situación en 1995 a título póstumo). A partir de su vuelta a La Habana, en 1878, empezó sus labores conspirativas y revolucionarias proclives a la independencia cubana. Fue nombrado subdelegado de la isla por el Comité Revolucionario Cubano, que, curiosamente, estaba radicado en Nueva York. Desde allí se organizó el partido cuyo principal objetivo era lograr la independencia de Cuba.

Soldados españoles durante la Guerra de Cuba armados con Maüsers y preparados para una emboscada en diciembre de 1895. Fotografía de autor desconocido. https://www.larazon.es/cultura/20210128/5t24eaizl5artm474chka7v6gm.html
José Martí, uno de los líderes independentistas cubanos. Wikipedia.

Este es el contexto por el cual José Martí trabajó como periodista en Nueva York entre 1880 y 1885. Pues bien, tal y como nos relata José Ramón Navarro Vera (2021) en su reciente libro “De la utopía al desencanto”, Martí tuvo la ocasión de escribir dos artículos con motivo de la inauguración del puente de Brooklyn, el 24 de mayo de 1883. Fueron “El puente de Brooklyn”, publicado en Las Américas de esa ciudad en junio, y “Los ingenieros del puente de Brooklyn” en agosto del año de la inauguración en La Nación de Buenos Aires.

No solo se trató del primer homenaje en español al puente de Roebling, sino que son textos que, superando el ámbito puramente periodístico, destacan por la prosa poética de su autor. Martí describe la construcción del coloso “por hombres tallados en granito”, donde sus artículos pasan a ser verdaderos poemas épicos: “Como crece un poema en la mente del bardo, así creció el puente en la mente de Roebling”.

Sin embargo, no quiero desvelar aquí los pasajes que dedicó José Martí a la inauguración del puente ni a los elogios de sus ingenieros. Para eso me remito al libro de José Ramón, que seguro no conseguirá defraudar a nadie. También os he dejado al final de este artículo los dos textos originales para que podáis disfrutar de su lectura. Para Martí se funde en el puente de Brooklyn el espíritu y el genio técnico de los Roebling con el esfuerzo y sacrificio de los trabajadores que lo construyeron.

Y más os sorprenderá su definición poética de lo que significa un puente: “brazo poderoso de la mente humana”, símbolo de libertad y paz, “los puentes son las fortalezas del mundo moderno. Mejor que abrir pechos es juntar ciudades”. Pero no deja de sorprender, aparte de lo poético de sus textos, la amplia y completa documentación que disponía de los aspectos técnicos del puente, en especial de su cimentación. De esto ya hablamos en este mismo blog cuando describíamos los cajones neumáticos: “Ved como a medida que limpian la base aquellos heroicos trabajadores febriles, en cuyo cerebro hinchado la sangre precipitada se aglomera”.

Por cierto, hoy 11 de febrero, que es el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, me gustaría reivindicar la figura de Emily Warren Roebling. Si el Puente de Brooklyn existe, es por el empeño de esta mujer. Pero su figura merece un artículo entero que me comprometo a hacer más adelante.

Emily Warren Roebling. https://es.wikipedia.org/wiki/Emily_Warren_Roebling

Hasta aquí puedo leer. Os dejo con la curiosidad de profundizar en la figura y obra de José Martí y del puente de Brooklyn a través de sus escritos. Podéis ver unos vídeos al respecto y los textos originales de Martí.

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Referencia:

Navarro Vera, J.R. (2021). De la utopía al desencanto. Un paseo por la ingeniería y la literatura. Publicacions Universitat d’Alacant.

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Control de la conformidad de los procesos de ejecución en el Código Estructural

Figura 1. Fotografía: Esther Valiente

Los procesos realizados durante la construcción de una estructura se someten a un estricto control, tanto en el actual Código Estructural, como en la anterior Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08. El Artículo 22 del Código es el que trata del control de la conformidad de los procesos de ejecución, mientras que en la EHE-08 lo hacía el Artículo 79.4. Sin embargo, existen novedades en el contenido y alcance, así como algunas incongruencias de las que hablaremos a continuación .

Aparte del cambio de nombre en el artículo (se añade la palabra «control»), lo más destacable en la actual redacción del Código es la inclusión de dos subapartados nuevos que son la programación y los niveles de control de ejecución. Estos añadidos se suman a los dos anteriores: control de la ejecución mediante comprobación del control de producción del constructor y control de la ejecución mediante inspección de los procesos. Con todo, incluso estos dos apartados han sido objeto de cambios. Vamos a analizarlos a continuación.

En la descripción del Artículo 22 se ha añadido un primer párrafo donde se explicita que el control de la ejecución de las estructuras, a través de sus procesos constructivos, es obligatorio. Es la dirección facultativa la que se responsabiliza de su conformidad con el proyecto y con lo indicado en el propio Código. Tal y como se ha comentado en alguna entrada anterior del blog,  este énfasis implica una elevada responsabilidad en la calidad del proyecto. Cualquier errata u omisión, o bien una modificación posterior en obra, son aspectos que no vendrían recogidos en el proyecto original.

Se ha incluido de forma expresa que una entidad de control podrá ser el medio por el cual la dirección facultativa controlaría la ejecución de la estructura, en el caso de que no lo hiciera directamente. No obstante, la responsabilidad última sigue siendo de la dirección facultativa.

  • Lo que antes era el plan de autocontrol del constructor, ahora se desdobla en dos documentos del constructor: el plan de obra (también llamado «cronograma» en el Artículo 19 del Código Estructural) y el programa de autocontrol. Hubiera sido deseable que los términos utilizados en los distintos artículos fuesen consistentes entre sí. Por ejemplo, el Artículo 19 se refiere al «procedimiento de autocontrol» (Figura 2), mientras que en el Artículo 22 se llama «programa de autocontrol». Recordemos que el programa de control que tiene que aprobar la dirección facultativa se basa en el plan de control del proyecto y en el plan de obra y procedimiento de autocontrol del constructor. En una entrada anterior del blog se explicaron estos conceptos y a él me remito.
Figura 2. Nomenclatura seguida en el Artículo 19 del Código Estructural. Elaboración propia.
  • También se puntualiza en el Artículo 22.1 relativo al control de producción del constructor lo que se entiende como programa de autocontrol. Se trata de contemplar las particularidades concretas de la obra atendiendo a los medios, procesos y actividades. Además, la responsabilidad de registrar las comprobaciones recaen en el constructor, en los llamados registros de autocontrol.
  • Otra novedad a comentar es el papel de la dirección facultativa en la inspección de los procesos. Se ha añadido en el Artículo 22.2 que la dirección facultativa actúa en representación de la propiedad y tiene la obligación de efectuar el control de la ejecución y comprobar los registros de autocontrol del constructor. Asimismo, se incluye un párrafo donde se posibilita a la dirección facultativa de eximir de la realización de inspecciones externas aquellos procesos de ejecución que posean un distintivo de calidad oficialmente reconocido. Es evidente que el legislador resalta en numerosas ocasiones a lo largo del Código Estructural que la dirección facultativa no actúa en interés propio, sino representando a la propiedad. Además, se explicitan responsabilidades que, si bien parecían obvias, no quedaban reflejadas expresamente en la redacción de estos artículos.
  • Se ha incluido como novedad el Artículo 22.3 sobre programación del control de la ejecución. A pesar del nombre del artículo, realmente trata de la programación del autocontrol de la ejecución del constructor. Aquí se incluyen los niveles de control y clases de ejecución, los lotes de ejecución, las unidades de inspección y las frecuencias de comprobación. Como crítica a la redacción de este artículo cabe mencionar la confusión en los términos: «programación del control» y «programación del autocontrol» de este artículo 22.3 se confunden con el «programa de control» y el «procedimiento de autocontrol» descritos en el referido Artículo 19 (Figura 2).
  • Por último, otra novedad es el Artículo 22.4 sobre los niveles de control de la ejecución. Se contemplan dos niveles de control, a nivel normal y a nivel intenso, ambos descritos en el Artículo 14 del Código. Además, se exige que en el nivel intenso, el constructor debe estar certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 9001 para el alcance de las actividades de ejecución requeridas.

Como resumen de todo lo anterior, cabe criticar la redacción de algunos de los conceptos clave que se manejan en el Código. Si bien este tipo de normativa deriva de otras anteriores, también es cierto que parece claro que son varios los redactores de los artículos del Código, con inconsistencias que deberían corregirse en este tipo de documento. Para aclarar los conceptos a los lectores diremos que «cronograma» equivale a «plan de obra» y que «procedimiento de autocontrol» es lo mismo que «programa de autocontrol». Además, en la Figura 3 hemos puesto los conceptos que se manejan en el Código y los responsables de cada uno de ellos. En fin, que hace falta una guía para entender la combinación de palabras que se pueden ver en el texto de la norma.

Figura 3. Combinación de conceptos manejados en el Código Estructural y los responsables de cada uno de ellos. Elaboración propia.

Para aclarar al lector les diría lo siguiente: en el caso de un control de nivel intenso de la ejecución, la empresa constructora debe estar certificada con la norma ISO 9001. Ello implica que, para cada una de las estructuras que realice, debe disponer de un procedimiento de autocontrol conforme a esta norma. Si la constructora no dispone de este certificado de gestión de la calidad, el Código Estructural también le obliga a redactar un procedimiento de autocontrol. Por tanto, la conclusión parece evidente: sea cual sea el nivel de control de la ejecución de una estructura, el Código empuja a las empresas constructoras a tener certificado su sistema de gestión de la calidad.

Os he grabado un vídeo explicativo sobre este asunto. Espero que os sea de interés.

Os dejo a continuación la transcripción del artículo 22 del Código Estructural para su consulta.

Artículo 22. Control de la conformidad de los procesos de ejecución.

El control de la ejecución, establecido como preceptivo por este Código, tiene por objeto comprobar que los procesos realizados durante la construcción de la estructura, se organizan y desarrollan de forma que la dirección facultativa pueda asumir su conformidad respecto al proyecto, de acuerdo con lo indicado en este Código.

Durante la construcción de la estructura, la dirección facultativa controlará la ejecución de cada parte de la misma, bien directamente o a través de una entidad de control, verificando su replanteo, los productos que se utilicen y la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos. Efectuará cualquier comprobación adicional que estime necesaria para comprobar la conformidad con lo indicado en el proyecto, la reglamentación aplicable y las órdenes de la propia dirección facultativa. Comprobará que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

El control de la ejecución comprenderá:

a) la comprobación del control de producción del constructor, y
b) la realización de inspecciones de los procesos durante la ejecución.

22.1 Control de la ejecución mediante comprobación del control de producción del constructor.

El constructor tiene la obligación de definir y desarrollar un sistema de seguimiento, que permita comprobar la conformidad de la ejecución. Para ello, elaborará el plan de obra y el programa de autocontrol de la ejecución de la estructura, desarrollando el plan de control definido en el proyecto.

El programa de autocontrol contemplará las particularidades concretas de la obra, relativas a medios, procesos y actividades y se desarrollará el seguimiento de la ejecución de manera que permita a la dirección facultativa comprobar la conformidad con las especificaciones del proyecto y lo establecido en el Código. Para ello, los resultados de todas las comprobaciones realizadas serán documentados por el constructor, en los registros de autocontrol.

El programa de autocontrol deberá ser aprobado por la dirección facultativa antes del inicio de los trabajos.

Los resultados de todas las comprobaciones realizadas en el autocontrol deberán registrarse en un soporte, físico o electrónico, que deberá estar a disposición de la dirección facultativa. Cada registro deberá estar firmado por la persona física que haya sido designada por el constructor para el autocontrol de cada actividad.

Durante la obra, el constructor deberá mantener a disposición de la dirección facultativa un registro permanentemente actualizado, donde se reflejen las designaciones de las personas responsables de efectuar en cada momento el autocontrol relativo a cada proceso de ejecución. Una vez finalizada la obra, dicho registro se incorporará a la documentación final de la misma.

Además, en función del nivel de control de la ejecución, el constructor definirá un sistema de gestión de los acopios suficiente para conseguir la trazabilidad requerida de los productos y elementos que se colocan en la obra.

22.2 Control de la ejecución mediante inspección de los procesos.

La dirección facultativa, en representación de la propiedad, tiene la obligación de efectuar el control de la ejecución, comprobando los registros del autocontrol del constructor y efectuando las inspecciones puntuales de los procesos de ejecución que sean necesarios, según lo especificado en proyecto, lo establecido por este Código o lo ordenado por la propia dirección facultativa. Para ello, la dirección facultativa podrá contar con la asistencia técnica de una entidad de control de calidad, de acuerdo con el apartado 17.2.2.

En su caso, la dirección facultativa podrá eximir de la realización de las inspecciones externas para aquellos procesos de la ejecución de la estructura que se encuentren en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido.

22.3 Programación del control de ejecución.

La programación del autocontrol de la ejecución identificará, entre otros aspectos, los siguientes:

– niveles de control y clases de ejecución
– lotes de ejecución,
– unidades de inspección,
– frecuencias de comprobación.

22.4 Niveles de control de la ejecución.

A los efectos de este Código, se contemplan dos niveles de control:

a) Control de ejecución a nivel normal (conforme al Artículo 14)
b) Control de ejecución a nivel intenso (conforme al Artículo 14)

Cuando se realice un control de ejecución a nivel intenso el constructor deberá estar en posesión de un sistema de la calidad certificado conforme a la UNE-EN ISO 9001, obtenido de una entidad certificada confirme a la UNE-EN ISO/IEC 17021 para el alcance de las actividades de ejecución requeridas.

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Modelo integrado de valor para evaluaciones sostenibles (MIVES)

Figura 1. Funciones de valor típicas

Dentro de la toma de decisiones multicriterio existe una familia de procedimientos que pretende obtener la mejor alternativa en función del grado de satisfacción que proporcionan. Son los llamados métodos de teoría de utilidad o valor (utility/value methods). Dentro de este grupo se encuentran los métodos MAUT (multi-attribute utility theory) y los MAVT (multi-attribute value theory). En estos métodos, unas funciones de satisfacción transforman los valores reales que representan el comportamiento de cada alternativa en un grado de satisfacción.

Dentro de este grupo se encuentra el modelo integrado de valor para evaluaciones sostenibles (MIVES). Este método es de interés porque fue la base del Anejo 13 de la Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08 y del Anejo 2 del vigente Código Estructural para el cálculo del índice de contribución de la estructura a la sostenibilidad.

MIVES proporciona un valor para cada una de las alternativas basándose en una estructura jerárquica de criterios y subcriterios típica de la metodología AHP (Analytic Hierarchy Process). No se aconsejan más de tres o cuatro niveles ni que el número de indicadores final supere 20, pues las valoraciones de los indicadores poco importantes pueden desdibujar los resultados. Un grupo de expertos se encarga de realizar las comparaciones pareadas entre cada uno de los niveles de criterios o subcriterios.

A cada indicador se le asocia una función de valor, que asignará una cifra entre 0 y 1. Esto permite la comparación con unidades de medida diferente. La función de valor se define mediante cinco parámetros para obtener formas de S, cóncavas o convexas (Figura 1). Los parámetros que determinan el tipo de función son Ki, Ci, Xmax, Xmin, y Pi. Un grupo de expertos es el que decide los parámetros de cada una de las funciones de valor. Cabe señalar que estas funciones objetivo son sensibles a una pequeña variación de datos de entrada o en la propia determinación de sus parámetros.

MIVES se articula basándose en la estructura jerárquica AHP, habiendo sido su resultado satisfactorio. No obstante, existen consideraciones asociadas al cumplimiento de determinadas hipótesis de independencia entre criterios y subcriterios que deberían tenerse en cuenta. Se recomienda revisar al respecto el artículo «Limitaciones de los métodos de toma de decisiones basados en procesos de jerarquía analítica AHP» en este mismo blog. Además, téngase en cuenta que el método se apoya en el acuerdo en las comparaciones pareadas de criterios y subcriterios y en la determinación de las funciones de valor correspondientes. Por tanto, el resultado va a depender de este grupo de expertos, por lo que su correcta selección pasa a ser un aspecto crítico del método.

A continuación os dejo unos vídeos explicativos del profesor Jaime C. Gálvez, de la Universidad Politécnica de Madrid, y un artículo explicativo del método. Espero que os sean de interés. Llamo la atención al segundo 44 del tercer vídeo donde se explica un ejemplo de aplicación. Un subcriterio es el coste económico de la estructura y otro subcriterio tiene que ver con el consumo de recursos (cantidad de hormigón o de acero consumido). Es evidente que tanto el coste (criterio económico) como el consumo de recursos (criterio medioambiental) no son linealmente independientes, lo cual significa que el método AHP no podría utilizarse con plenas garantías (se incumple una de las hipótesis de partida que sustenta este procedimiento) y, por tanto, el MIVES subyacente tampoco.

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Referencias:

Aguado, A.; Manga, R.; Ormazabal, G. (2006). Los aspectos conceptuales del proyecto MIVES. Capítulo 6 libro. La medida de la sostenibilidad en edificación industrial. Modelo integrado de Valor en Edificios Sostenibles (MIVES). LABEIN. UPV-EHU UPC. ISBN 84- 690-2629-1. pp. 249-271.

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Control documental de los suministros según el Código Estructural

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Los suministros están sujetos, tanto en el actual Código Estructural, como en la anterior Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08, de una estricta verificación de los documentos. El Artículo 21.1 del Código es el que trata del control documental de los suministros, mientras que en la EHE-08 lo hacía el Artículo 79.3.1. Aunque son similares en cuanto a su redacción, conviene resaltar algunas diferencias, unas formales y otras de fondo.

Lo más destacable es el tratamiento de los suministros con distintivos de calidad. Recordemos que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de la declaración de prestaciones del producto por parte del fabricante. Pero veamos en detalle los cambios:

  • En primer lugar, destaca la existencia de un Anejo 4 donde se especifica la documentación de suministro y control de los productos recibidos directamente en obra.
  • Otra de las modificaciones del control documental tiene que ver antes del suministro: se pide la declaración responsable del fabricante y se actualiza la legislación al vigente Reglamento (UE) N.º 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011.
  • Asimismo destaca la inclusión del certificado de inspección de la central suministradora del hormigón preparado, según proceda, en función de lo establecido en la reglamentación industrial vigente relativa al control de producción de hormigones fabricados en central. Esto se debe a la correlación existente entre el Código estructural y el  Real Decreto 163/19, por el que se aprueba la Instrucción Técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central.
  • Además, y como curiosidad, a partir de ahora se exige una fotocopia de la declaración del suministrador donde se indique que el producto está en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, además de la propia declaración del suministrador firmada.
  • Otra de las novedades tiene que ver después del suministro, donde será obligatorio un certificado final del producto suministrado. Antes se solicitaba un certificado de garantía del suministro. Ahora se insiste en que se trata de un certificado final, y no solo de garantía el producto.
  • La incorporación más destacable, no obstante, se relaciona con el control documental específico requerido para los suministros que dispongan de distintivos de calidad oficialmente reconocidos que supongan una garantía superior y que vienen contemplados en el Artículo 18 del Código. Aquí, los suministradores deben entregar al constructor, y este a la dirección facultativa, los certificados que avalen el distintivo de calidad.
  • Y por último, otro de los cambios es la responsabilidad expresa que recae sobre la dirección facultativa de cerciorarse que el material certificado se adapta al especificado en el proyecto. Además, deberá fijar la realización de las comprobaciones previstas en los Capítulos 13, 23 y 33 del Código para este tipo de distintivos.

Os dejo a continuación la transcripción del Artículo 21.1 del Código Estructural para su consulta.

Artículo 21.1 Control documental de los suministros

Los suministradores entregarán al constructor, quien los trasladará a la dirección facultativa, cualquier documento de identificación del producto exigido por la reglamentación aplicable o, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Sin perjuicio de lo establecido adicionalmente para cada producto en otros artículos de este Código, se facilitarán, al menos, los siguientes documentos que se detallan en el Anejo 4:

a) antes del suministro:

– los documentos de conformidad, declaración responsable del fabricante o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida cuando proceda la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, de acuerdo al Reglamento (UE) N.º 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011.
– en su caso, certificado de inspección de la central suministradora del hormigón preparado, según proceda, en función de lo establecido en la reglamentación industrial vigente relativa al control de producción de hormigones fabricados en central.
– en su caso, declaración del suministrador firmada por persona física con poder de representación suficiente en la que conste que, en la fecha de la misma, el producto está en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, y fotocopia del mismo,

b) durante el suministro:

– las hojas de suministro de cada partida o remesa,

c) después del suministro:

– el certificado final de suministro del producto suministrado, firmado por persona física con poder de representación suficiente.

En el caso de que los productos suministrados dispongan de distintivos de calidad oficialmente reconocidos que supongan una garantía superior y que vienen contemplados en el Artículo 18 de este Código, deberá efectuarse un control documental específico. Para ello los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará a la dirección facultativa, los certificados que avalen que los productos que se suministrarán están en posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido vigente. La documentación ha de ir acompañada de una declaración del suministrador firmada por persona física en la que conste la fecha de vigencia del distintivo, acompañado de copia del certificado.

Antes del suministro, la dirección facultativa comprobará que el material certificado se adapta al especificado en el proyecto y fijará la realización de las comprobaciones previstas en el Capítulo 13, 23 y 33 de este Código para este tipo de distintivos.

Os dejo también el Anejo 4 del Código Estructural: Documentación de suministro y control de los productos recibidos directamente en obra.

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También os paso una ficha de control documental para elementos prefabricados de hormigón, adaptada al nuevo Código Estructural que me ha proporcionado ANDECE.

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