Consideraciones sobre los conceptos que debe contener el pliego de condiciones de un proyecto

Para garantizar que las relaciones entre la propiedad y el constructor queden bien definidas en el contrato de adjudicación de un proyecto, es esencial que el pliego de condiciones contenga ciertos conceptos clave. Estos conceptos deben ser cuidadosamente considerados y elaborados de manera clara y precisa. De esta forma, se podrá asegurar que tanto la propiedad como el constructor tengan una comprensión compartida de los términos y condiciones del contrato. Por lo tanto, es importante prestar atención a los detalles y asegurarse de que todas las especificaciones estén claramente definidas en el pliego de condiciones antes de proceder con la adjudicación de la obra.

El proceso de ejecución de obras implica considerar diversas variables que afectan a la construcción. Cada proyecto es único y se adapta a diferentes necesidades, recursos y ubicaciones. Estas características influyen en la programación, los equipos y el costo de la obra. Si la construcción se lleva a cabo mediante un contrato entre la propiedad y un constructor, la complejidad aumenta, pues puede afectar directamente la relación entre ambas partes. Por lo tanto, es fundamental que el proyectista considere estos factores al planificar y diseñar el proyecto para asegurar el éxito de la ejecución y evitar conflictos entre la propiedad y el constructor.

Para garantizar la integridad del proyecto, es relevante que el pliego de condiciones incluya aspectos técnicos y establezca relaciones claras entre la dirección de obra y el constructor. La dirección de obra es responsable ante la propiedad de que la obra se ejecute según lo planificado. Por lo tanto, estas condiciones deben reflejarse en un capítulo independiente del pliego, denominado “disposiciones generales”, pues no son parte de la normativa obligatoria ni de la descripción de la obra, materiales, ejecución o medición y pago. Estas disposiciones generales son fundamentales para asegurar una correcta ejecución de la obra.

Cuando se trata de un proyecto para la Administración Pública, el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado establece muchos de los conceptos necesarios. Sin embargo, el proyectista debe mencionarlos igualmente. En proyectos para propiedades privadas, el proyectista debe redactar un articulado que regule las relaciones entre propiedad y contratista, sin abordar los temas económicos, que deben figurar en el contrato. Al incluir estos aspectos en el pliego de condiciones, el proyectista trata de garantizar la correcta ejecución de la obra, establecer las relaciones entre dirección de obra y constructor, y definir la calidad y cantidad de los materiales.

Para lograr los objetivos mencionados, es importante que el proyectista incluya ciertos aspectos en el pliego de condiciones de su proyecto. Esto facilitará que el licitador conozca las exigencias que se le requerirán en la ejecución de la obra, lo que le permitirá evaluar el coste y evitar alegar ignorancia en caso de ser adjudicado. Además, la propiedad podrá planificar la inversión complementaria al coste de construcción, mientras que los aspectos técnicos del proyecto se mantienen en el contrato de ejecución de la obra. Es relevante destacar que la propiedad puede modificar los aspectos económicos que considere necesarios.

La inclusión de los aspectos que se detallan a continuación por parte del proyectista en el pliego de condiciones de su proyecto permitirá reducir las discusiones y malentendidos durante la ejecución de la obra, y regular las relaciones entre la propiedad, el director de obra y el contratista, evitando costes y retrasos innecesarios. Estos aspectos están contemplados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y las Condiciones de los Contratos Internacionales para Obras de Ingeniería Civil.

ASPECTOS GENERALES

  • La dirección de obra
  • El contratista adjudicatario
  • Obligaciones y responsabilidades del contratista
  • Clasificación del contratista
  • Cesión y subcontratación de la obra
  • Residencia del contratista
  • Oficina de obra del contratista
  • Personal del contratista para la ejecución
  • Inspección del emplazamiento de las obras
  • Libro de órdenes y correspondencia
  • Gastos por cuenta del contratista
  • Indemnizaciones al contratista por causas de fuerza mayor
  • Utilización de bienes que aparezcan durante la ejecución
  • Objetos hallados en las obras
  • Uso temporal de bienes de la propiedad
  • Inscripciones en las obras
  • Libre acceso a la propiedad en la obra
  • Plazo de ejecución
  • Prelación de los documentos del proyecto

ASPECTOS PREVIOS AL INICIO DE LAS OBRAS

  • Licencias y permisos
  • Ocupación de terrenos y su vigilancia
  • Accesos a la obra y tráfico
  • Servidumbres
  • Señalización de la obra
  • Canteras y procedencia de materiales (puede ser incluido en el capítulo correspondiente a materiales)
  • Vertederos y zonas de préstamos (ídem)
  • Fuentes de energía
  • Almacenes y edificaciones auxiliares de obra
  • Equipos e instalaciones auxiliares (puede incluirse en el capítulo ejecución de las obras)
  • Replanteo de la obra
  • Modificaciones en el proyecto como consecuencia del replanteo
  • Aportación de equipo, instalaciones y maquinaria necesarias para la ejecución (puede incluirse en el capítulo ejecución)
  • Programa de trabajos del contratista
  • Plan de seguridad y salud (puede hacerse en el estudio de seguridad y salud)
  • Medidas para evitación de contaminaciones
  • Orden de inicio de las obras

ASPECTOS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

  • Inspección y vigilancia
  • Subcontratista de partes de obra
  • Protecciones en la obra
  • Protección de tráfico y propiedades contiguas
  • Conservación durante la ejecución
  • Trabajos ocultos
  • Reparaciones u obras de urgente ejecución
  • Obras defectuosas e incompletas (pueden incluirse en el capítulo Medición y Abono)
  • Modificaciones de obra en relación con el proyecto
  • Precios contradictorios
  • Variaciones en el plazo de ejecución consecuencia de las modificaciones
  • Suspensión temporal de las obras
  • Mejorar propuestas por el contratista
  • Modificaciones no autorizadas
  • Incumplimiento del programa de trabajos
  • Valoraciones periódicas de obra ejecutada (puede incluirse en el capítulo Medición y Abono)
  • Revisión de precios
  • Notificación de terminación de obra

ASPECTOS SUBSIGUIENTES A LA TERMINACIÓN DE LA OBRA

  • Acta de recepción provisional
  • Liquidación provisional
  • Periodo de garantía
  • Conservación durante el periodo de garantía
  • Vicios ocultos
  • Recepción definitiva
  • Liquidación definitiva

Os dejo un vídeo explicativo, editado por la Univesitat Politècnica de València que, espero, os sea de interés.

REFERENCIAS:

PELLICER, E.; YEPES, V.; TEIXEIRA, J.C.; MOURA, H.P.; CATALÁ, J. (2014). Construction Management. Wiley Blackwell, 316 pp. ISBN: 978-1-118-53957-6.

YEPES, V.; MARTÍ, J.V.; GONZÁLEZ-VIDOSA, F.; ALCALÁ, J. (2012). Técnicas de planificación y control de obras. Editorial de la Universitat Politècnica de València. Ref. 189. Valencia, 94 pp. Depósito Legal: V-423-2012.

YEPES, V. (2022). Gestión de costes y producción de maquinaria de construcción. Colección Manual de Referencia, serie Ingeniería Civil. Editorial Universitat Politècnica de València, 243 pp. Ref. 442.

YEPES-BELLVER, V.J.; ALCALÁ, J.; YEPES, V. (2022). Study of solutions for the design of a footbridge based on a hierarchical analytical process. 26th International Congress on Project Management and Engineering, AEIPRO, 5-8 de julio, Terrassa (Spain), pp. 512-524.

Licencia de Creative Commons
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.

El contrato de construcción de una obra

Para llevar a cabo cualquier actividad comercial o negocio, es imprescindible establecer un contrato. Tanto las entidades públicas como las privadas, que no cuentan con las capacidades, medios y procedimientos internos necesarios para construir, mantener, reparar o demoler infraestructuras, deberán contratar a terceros para realizar estas tareas, incluyendo su diseño y ejecución. Por lo tanto, un contrato de construcción se puede definir como un acuerdo legal entre dos partes que establece derechos y obligaciones, que se pueden hacer cumplir en los tribunales si es necesario. Para que un contrato de obra sea realmente efectivo, deben converger tres elementos que son fundamentales, el técnico, el administrativo y el jurídico. Debe manifestarse en términos de corresponsabilidades, que es lo que define la relación entre las partes implicadas.

Tradicionalmente, un contrato de obras involucra a dos partes: el promotor que desea construir, reparar o demoler la infraestructura y tiene los medios y métodos para pagar por ello; y el contratista (o empresa constructora adjudicataria) que posee los medios y métodos para construir la infraestructura por un precio acordado. No obstante, actualmente se aplican procedimientos de contratación alternativos que dependen de los agentes intervinientes. Entre ellos se pueden mencionar la contratación por lotes, el concurso de proyecto y obra, concesiones administrativas, dirección integrada de proyectos (o “project management”) y contratación llave en mano.

La base fundamental de cualquier relación contractual es el contrato en sí mismo. La oferta presentada por la empresa adjudicataria es considerada vinculante, pero antes de proceder a su formalización, es necesario enviar una carta de confirmación de la adjudicación del contrato a la empresa constructora seleccionada. Para que dicha adjudicación sea efectiva, debe ser formalizada mediante la firma del contrato. Desde un punto de vista legal, el contrato formal es un documento que vincula a dos partes: el promotor y el contratista, y debe contener la siguiente información esencial:

  • Los nombres y filiación del promotor y del contratista.
  • La fecha en que se firma el contrato.
  • La ubicación y naturaleza de los trabajos a ejecutar.
  • El presupuesto de adjudicación.
  • Los documentos contractuales, que incluyen la oferta presentada (junto con el programa de trabajos propuesto), los planos, el pliego de prescripciones técnicas particulares y los cuadros de precios.

Además de los datos básicos que deben incluirse en un contrato de ejecución de obra, las partes pueden añadir todos los detalles que consideren necesarios para dejar claros los términos del acuerdo. Esto puede incluir información sobre la obra en cuestión, así como las obligaciones y derechos de cada parte, los riesgos o situaciones especiales que pudieran presentarse, y la manera en que se deberán abordar y resolver dichas situaciones.

Al igual que ocurre con otros elementos de los documentos contractuales, existen formatos estándar disponibles, preparados por los promotores públicos, que pueden aplicarse a distintos tipos de documentos contractuales. Si alguna de las partes introduce enmiendas a las cláusulas del contrato, ambas deben estar de acuerdo con dichas modificaciones.

Existen dos tipos de contratos de obras: públicos y privados. En el caso de los contratos celebrados por las administraciones públicas, se deben ajustar a las disposiciones de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y su reglamentación correspondiente, que se basa en las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE. La mayoría de los contratos de ingeniería civil se enmarcan en esta categoría debido a que los promotores suelen ser administraciones públicas. Por otro lado, en el sector privado, la contratación de obras se rige por el derecho civil y mercantil, y la mayoría de los contratos de edificación son privados debido a la naturaleza del promotor. A diferencia de los contratos administrativos, este tipo de contrato no requiere formalidades específicas y puede ser un intercambio de cartas entre las partes o incluso un acuerdo verbal. Sin embargo, para evitar posibles disputas en el futuro, es recomendable que incluso las obras más sencillas se formalicen mediante un contrato escrito.

Cuando un promotor necesita acordar la construcción de infraestructuras, existen cuatro enfoques posibles, independientemente del tipo de contrato:

  • Construcción por medios propios de la organización, ya sea una empresa privada o una administración pública.
  • Designación directa de una empresa constructora, aunque este procedimiento no es posible en la contratación administrativa, salvo en casos excepcionales.
  • Invitación a un número limitado de empresas constructoras, lo que equivale al “negociado” o “restringido” según los condicionantes, en la contratación administrativa.
  • Licitación del contrato mediante la publicidad adecuada, denominado “abierto” en la contratación administrativa.

Una administración pública puede referirse al Estado, a la Comunidad Autónoma, a la Diputación o al Ayuntamiento correspondiente, así como a organizaciones o entidades reguladas por la contratación pública. Cuando una administración pública realiza una contratación o intervienen fondos públicos, se aplican criterios de publicidad y libre concurrencia empresarial para garantizar la transparencia, objetividad e imparcialidad del proceso. Estos criterios se encuentran establecidos en la Ley 9/2017, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.

Os paso algunos vídeos explicativos al respecto del contrato de obra de construcción.

Referencias:

PELLICER, E.; YEPES, V.; TEIXEIRA, J.C.; MOURA, H.P.; CATALÁ, J. (2014). Construction Management. Wiley Blackwell, 316 pp. ISBN: 978-1-118-53957-6.

YEPES, V. (2008). Site Setup and Planning, in Pellicer, E. et al.: Construction Management. Construction Managers’ Library Leonardo da Vinci: PL/06/B/F/PP/174014. Ed. Warsaw University of Technology, pp. 102-114. ISBN: 83-89780-48-8.

YEPES, V. (2022). Gestión de costes y producción de maquinaria de construcción. Colección Manual de Referencia, serie Ingeniería Civil. Editorial Universitat Politècnica de València, 243 pp. Ref. 442.

Licencia de Creative Commons
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.;